Ley Orgánica de Educación (LOE)

26/04/2016 5.441 Palabras

Novedades de la LOE El 24 de mayo de 2006 entró en vigor la Ley Orgánica de Educación (LOE) que deroga las anteriores, excepto la LODE y regula aspectos clave sobre la admisión de alumnos, religión, promoción y diversificación curricular, entre otros. Se concibe la educación como un servicio público, esencial de la comunidad, que puede ser prestado por los poderes públicos y por la iniciativa social y va acompañada de una memoria económica de 7.033 millones de euros de gasto educativo adicional entre el Estado (60 por ciento) y las Comunidades Autónomas hasta 2010. Entre otras novedades introduce: - La nueva área Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos en Primaria y Secundaria. - El 55 y 65 por ciento de los horarios escolares se dedicarán a los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas, según sean CCAA con lengua cooficial o no. - La educación infantil es voluntaria, gratuita entre los 3 y los 6 años, las administraciones garantizarán una oferta suficiente de plazas en los centros públicos y concertarán con los privados. - El aprendizaje de un idioma extranjero comenzará a los 5 años. Habrá un segundo idioma en Cuarto. - Los alumnos podrán repetir curso una vez en Primaria y dos en Secundaria y sólo en una ocasión por curso. En ESO pueden promocionar con dos suspensos como máximo y "excepcionalmente" con tres cuando los profesores lo consideren. - Los mayores de 16 años que no se hayan graduado en ESO y excepcionalmente los de 15 podrán acogerse a programas de cualificación profesional inicial. - El Bachillerato tendrá tres modalidades (Artes, Ciencias y Tecnología y Humanidades y Ciencias Sociales), con materias comunes como Ciencias para el Mundo Contemporáneo y Filosofía y Ciudadanía. - Se elimina la Prueba General de Bachillerato (PGB) de la LOCE y se adopta una única prueba de acceso a la Universidad. - La asignatura de Religión será de oferta obligatoria para los centros, optativa para los alumnos. La LOE señala que esta materia se ajustará a los acuerdos suscritos con la Santa Sede y un decreto posterior regulará que la nota obtenida no contará para repetir curso ni para la obtención de becas. - Las administraciones regularán la admisión de alumnos en centros públicos y privados concertados con garantía del "derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y libertad de elección de centro". En este sentido, las administraciones podrán constituir comisiones u órganos "de garantías de admisión", con funciones de supervisión. - Las administraciones atenderán a las necesidades de los alumnos con un apoyo educativo específico (inmigrantes entre ellos); establecerán la proporción de matriculaciones en cada uno de los centros públicos y privados concertados. - Los centros privados podrán acogerse a la concertación educativa con preferencia para aquellos que atiendan poblaciones escolares de condiciones económicas desfavorables. - El Estado y las CCAA acordarán un plan de incremento del gasto educativo para los próximos diez años para la equiparación con la media de la UE. - Se reconoce el derecho de reunión de los alumnos a partir de tercero de la ESO. - La LOE introduce medidas para la reducción de profesores interinos y la jubilación voluntaria de éstos a los 60 años durante el calendario de aplicación de la ley.

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